Si has tenido un percance en la carretera y has sido víctima de una mala maniobra por parte de otro conductor, posiblemente tengas intención de proceder para iniciar una reclamación por accidente de tráfico; te contamos cómo hacerlo.
Primeros pasos
Antes de empezar…
El primer paso es asegurarte de que estás en condiciones de iniciar una reclamación por accidente de tráfico.
- Aunque este post está enfocado en los pasos a dar desde el mismo momento en que tienes un accidente, hemos de decir que también pueden reclamar aquellos que lo hayan sufrido hace un tiempo. La condición es que no haya pasado más de un año y que, en su momento, se avisase a la aseguradora dentro del plazo de 7 días posterior al accidente (o el que corresponda si tu póliza es diferente).
- Por otro lado, tiene que haber un tercero que pueda ser culpable de la situación y que será la parte que, de considerarse, te indemnice.
- Finalmente, hay que presentar algún tipo de daño, que será por el cual reclames.
Recopilar información de todo tipo
El siguiente paso es conseguir toda la información y documentos posible. Entendemos que si quieres hacer una reclamación por accidente de tráfico es porque la parte contraria no está de acuerdo con tu testimonio. Por ello, el parte presentado puede que no sea de tu gusto o, al menos no tanto como debiera ser.
En cualquier caso, pero sobre todo en este, es imprescindible conseguir pruebas gráficas del accidente, tomando fotografías del suelo, de elementos modificados del estado de los vehículos…
También debes conseguir los datos personales de la parte contraria de cada a tener a alguien a quien reclamar. Se entiende que, en un accidente, ambas partes habrán hablado, aunque queden en desacuerdo, por lo que este punto no debe ser difícil; aun así, nuestro mejor consejo es apuntar rápidamente la matrícula del vehículo y hacer un buen reconocimiento facial del conductor y acompañantes. Esto servirá en caso de que estas personas no se identifiquen y a la hora de corroborar o desmentir parte de sus testimonios.
Es conveniente, si tienes la opción, y si llamas a la policía o al 112, que grabes la conversación y que cualquier persona que se involucre deje constancia de su presencia, con sus datos y un breve testimonio de lo que ha visto.
Ir a un hospital
Deberás acudir a un hospital para que te hagan un reconocimiento y te traten adecuadamente; da igual si tienes daños físicos apreciables o no.
Guarda todo documento que te den allí, por pequeño o prescindible que parezca. Aun así, debes contar con el parte del alta (que incluirá hora de ingreso, motivo y tratamientos aplicados) así como los informes médicos que te vayan dado de acuerdo a las pruebas y tratamientos que te realicen; todos son importantes.
Si se realiza la baja laboral, igualmente debes guardarla para presentarla con todos los documentos médicos y el resto de información.
Dar el aviso a tu aseguradora
En cuanto te sea posible, y siempre sin dejar pasar el tiempo máximo para ello, acude a la oficina de tu aseguradora e informa de lo sucedido. Para ello, deberás presentar el parte o atestado policial (si lo hay).
Lo habitual es que sea tu aseguradora quien vaya a iniciar una reclamación por accidente de tráfico. Lo hará en representación de tu persona. Si no es el caso o prefieres hacerlo por tu cuenta, lo que hay que hacer es recopilar toda esa información y presentarla a la aseguradora de la parte contraria.
Mientras tanto…
Una vez quede constancia de lo sucedido y hayas reclamado a la aseguradora, pasarán varias cosas:
Alta laboral
Si te hicieron la baja laboral seguramente recibas el alta. Guarda también este documento. De igual modo, si estabas formándote, en prácticas o realizando cualquier actividad que hayas tenido que dejar de hacer, debe haber quedado constancia del tiempo en que te has visto impedido así como del momento de vuelta a la actividad.
Rehabilitación y otras pruebas médicas
En función de la gravedad de lo ocurrido, es posible que te hagan más pruebas médicas, que conciertes otras citas e incluso que inicies un proceso de rehabilitación o terapias.
Obviamente, todo esto no se puede haber presentado con anterioridad, pero igualmente son pruebas de gastos así como del estado en el que te encuentras. Puedes llevar una copia a la aseguradora contraria si aún no te han hecho una oferta, para que tengan en cuenta los gastos que estás teniendo así como la gravedad de los daños causados.
Informe pericial
Para constatar lo ocurrido, lo mejor es acudir a un perito especializado para que componga un informe detallado de aquellos aspectos que más relevancia tengan en cada caso.
- Informe pericial de biomecánica: Sirve para demostrar que las lesiones producidas se corresponden con los daños del o los vehículos implicados.
- Informe de reconstrucción: Reconstruye el accidente en todos los aspectos posibles. Para ello se detallan planos aéreos, se calculan las velocidades de los vehículos según su huella de frenada, se recopilan datos del CDR y un sin fin más de actuaciones pensadas para realizar una reconstrucción de accidente de tráfico veraz y objetiva, válida como prueba en un juicio y, por supuesto, para presentar a la parte contraria antes de llegar a la vía judicial.
- Dictamen para negociar: Este es un documento sencillo que se presenta a la parte contraria con la intención de llegar a un acuerdo sin presentar una demanda. Será un perito quien, en función de la información aportada, determine el porcentaje de culpa de cada una de las partes.
Visitadores médicos
La aseguradora de la parte contraria mandará, en algún momento, a sus visitadores médicos para comprobar cuál es tu estado; nunca debes negarte a que te visiten pues son quienes se encargarán de intentar hacer que la indemnización sea la mínima.
Así, no dudes en mostrarte tal y como te encuentras; al igual que nosotros, su parte también sabe a la perfección cuándo se están agravando las situaciones y esto puede hacernos perder toda credibilidad.
La oferta
La aseguradora tiene 3 meses para hacerte una oferta desglosada. Esta, por supuesto, siempre será a la baja pero para muchos suele ser suficiente para no ir a juicio. Eso ya es opinión de cada cual. Si bien, si has dejado el caso en manos de profesionales seguramente tengas una idea de si se trata de una cifra justa o no.
Además, la oferta irá acompañada del informe médico que haya hecho la compañía a raíz de la visita médica.
En este punto…
Ahora es cuando te toca decidir. Son muchas las opciones disponibles.
Aceptar la oferta
Si lo consideras adecuado o un profesional, tras haber estudiado tu caso te indica que lo es, puedes aceptar la oferta de la aseguradora. No olvides pedir los documentos correspondientes que dejen constancia de ello.
Iniciar un proceso de mediación
Tanto con un dictamen como para negociar en mano como sin él, puede comenzar un proceso de mediación.
Con todas las nuevas pruebas (tiquets y facturas de transporte, consultas médicas, ausencias laborales y las propias secuelas, coste de reparación y reposición…) podemos hacer una contraoferta o pedir una segunda oferta más realista que tenga en cuenta todas las consideraciones y el avance de los daños producidos.
También existe la opción de acudir al Instituto de Medicina Legal, que hace una valoración imparcial de tus lesiones y secuelas y expiden un informe que nos dan tanto a nosotros como a la compañía. Este lo paga la aseguradora y también se puede utilizar en la mediación.
Proceso judicial
Si no estamos conformes, podemos interponer una demanda para llevar el caso a juicio y que sea un juez quien estime la culpabilidad de las partes y las indemnizaciones a percibir.
Hay que tener en cuenta que con el nuevo baremo de accidentes de tráfico de 2016 las cuantías han cambiado.
Del mismo modo, hay que recordar que existen gastos que la aseguradora contraria no va a pagar. La mayoría están relacionados con su propio cliente, pero hay algunos que sí nos pueden afectar. Si es el caso, saber que, efectivamente, la compañía no se hará cargo y habrá que rendir cuentas -seguramente por vía judicial- al propio conductor.
Extra
Hay un “excepto” en todo este procedimiento para iniciar una reclamación por accidente de tráfico. En el caso de que este sea constitutivo de un delito, lo que habrá que hacer es llamar a la policía para que haga un atestado y poner una denuncia. De esta manera comenzará un procedimiento penal.
En el caso de considerarse que sí hubo un delito, será el propio procedimiento penal el que imponga una indemnización en función de los daños tanto físicos como materiales ocasionados. Además, el conductor sufriría la sanción correspondiente al delito que se le impute.
En cualquier caso, como existe la posibilidad de que no se considere que se incurra en un delito, será necesario hacer todo lo anterior, por si acaso.
¿Te hemos ayudado? ¿Tienes alguna duda sobre cómo actuar para hacer una reclamación por accidente de tráfico?
Fuentes consultadas: DGT
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