El Congreso de los Diputados aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
La Ley entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE.
El Congreso de los Diputados aprobó este mes de marzo la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Con esta aprobación, finaliza la tramitación parlamentaria para posteriormente ser publicada en el Boletín Oficial del Estado. Una vez publicada, la Ley entrará en vigor en un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación oficial en el BOE.
El objetivo de la norma aprobada es reducir la siniestralidad vial y mejorar la seguridad de los distintos usuarios de la vía, adaptando o modificando otros aspectos que no sólo den respuesta a las necesidades de los conductores, sino también a los cambios que se producen en los vehículos y las vías, factores todos ellos determinantes en la producción de los accidentes.
Principales novedades:
· Se podrá inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil.
· Los ciclistas menores de 16 años deben utilizar siempre el casco de protección, independientemente de la vía por la que circulen.
· Se prohíben los detectores de radar, no así, los dispositivos que exclusivamente informan de la ubicación de los radares.
· Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia.
· Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales.
· En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.
Deja una respuesta