Cuando vamos conduciendo y nos hace el alto la Policía Nacional o la Guardia Civil a veces no sabemos muy bien cómo actuar y nos asaltan dudas sobre lo que podemos o debemos hacer. En estos casos es recomendable saber cuáles son nuestros derechos como conductor ante un agente de cara a afrontar la situación con comodidad.
Muchas personas desconocen cuáles son los documentos que se les pueden exigir, de qué derechos gozan al relacionarse con una figura de autoridad de este tipo y cómo pueden defender estos mismos si se da una situación de abuso de poder.
Conductor y agente
Veamos qué aspectos sería interesante conocer para ejercer nuestros derechos como conductor ante un agente.
Los documentos que nos pueden exigir
Lo primero que debes saber es que cuando te hacen el alto, si no existe ningún motivo circunstancial, los documentos que debes entregar, si te los piden, son el permiso de circulación del tipo de vehículo que estés conduciendo, la ficha técnica de tu automóvil y el seguro del mismo.
El carnet de conducir
Haber olvidado el carnet de conducir supone una multa de solamente 10 euros; por ello no te pueden poner ninguna otra sanción.
Asunto diferente es el conducir sin carnet o que este haya sido anulado por la Dirección General de Tráfico. En este caso estarías incurriendo en un delito tipificado en el Código Penal, pasando a ser las sanciones de hasta pena de cárcel de 3 a 6 meses, multas diarias durante 1 a 2 años y realizar trabajos para la comunidad entre 31 y 90 días.
La ficha técnica
Si no llevases la ficha técnica la multa será la misma, de 10 euros.
Esta debe estar, aún así, al día. Si nos has pasado la ITV, con o sin ficha (debes llevar la pegatina), o si la inspección ha emitido un informe negativo, te podrán multar con cifras de entre 200 y 500 euros.
Firmar una multa
Al contrario de lo que se piensa, firmar una multa no indica, en absoluto, que estemos conformes con lo que en ella se dispone. Nuestro rubro indica que hemos recibido la sanción de manos de un agente; nada más.
Por ello, aunque no estés conforme te aconsejamos que la firmes, al hacerlo no estás afirmando nada. Al contrario, demuestras tu buena voluntad y te haces con una copia, para poder recurrir la multa legalmente si no estás de acuerdo con ella.
Requisar el vehículo
Nunca, bajo ningún concepto, un agente podrá requisar tu vehículo. Esto sólo está permitido si un auto judicial así lo decreta.
Lo que sí puede ocurrir es que este quede inmovilizado durante algún tiempo siempre que existan motivos fundados para ello. El ejemplo más claro es el de un positivo en el control de alcoholemia pero hay muchos otros como conducir sin el correspondiente permiso o que existan sospechas de que se está llevando a cabo un acto ilegal.
La atención al ciudadano
Obviamente, cualquier agente debe dirigirse a ti de forma respetuosa, manteniendo siempre un lenguaje apropiado, sea cual sea la circunstancia que le lleve a hacerte el alto. Este es uno de nuestros derechos como conductor ante un agente y debe respetarse como los demás, pudiendo realizar una reclamación si procede.
En ningún caso se podrá hacer uso de la fuerza o la intimidación para lograr una determinada actitud por parte del conductor si no hay pruebas que evidencien la necesidad de hacerlo.
Esperamos que este post te sirva para saber enfrentarte a la incómoda situación que es siempre el recibir el alto de un agente. ¿Alguna vez te han exigido más de lo que comentamos?
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