Los usuarios de aplicaciones como Uber o BlaBlaCar podrán ser sancionados con multas de hasta 600 euros
El Ministerio de Fomento recuerda que la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) exige que las personas y empresas que realicen transportes de viajeros por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica se encuentren previamente autorizados por la Administración. Esta autorización tiene por objeto, entre otras razones, asegurar que el servicio recibido por los usuarios reúne unas condiciones de seguridad y calidad adecuadas. Esto no es posible demostrarlo cuando el que presta este servicio no ha acreditado ante la Administración los requisitos legales y reglamentariamente exigidos para obtenerla.
Multas para los que prestan el servicio pero también para los usuarios
Fomento ha anunciado que los usuarios que utilicen servicios de coche compartido en aplicaciones como Uber o BlaBlaCar podrán recibir multas de hasta 600 euros, en el caso de que el conductor contratado no disponga de la licencia que le autoriza a realizar transportes de pasajeros a cambio de una retribución económica. Este anuncio responde a las múltiples quejas que ha recibido el Gobierno por parte del sector del transporte privado, el cual acusa a los conductores de estas aplicaciones de estar lucrándose de un servicio, que en condiciones normales conlleva gastos de licencia y de permisos oficiales.
Además de las sanciones que pueden recibir los usuarios que utilicen los servicios de conductores que no dispongan de la licencia correspondiente, tanto los conductores como las empresas que hay detrás de estas aplicaciones ,también se arriesgan a recibir multas de entre 4.000 y 6.000 euros (y hasta 18.000 euros en el caso de que se cometa la misma infracción de forma reiterada).
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