Se conoce la cervialgia como el dolor en la zona cervical. Es un problema bastante común que se da en todo tipo de circunstancias, y también, por supuesto, a raíz de sufrir un accidente de tráfico y como síntoma de lesiones cervicales de todo tipo. Sin embargo, tramitar una reclamación por cervialgia es bastante difícil, sobre todo desde la baremación de 2016, que dificulta aún más
El baremo 2016 y tramitar una reclamación por cervialgia
Como decimos, desde el año 2016 sufrir una lesión cervical en un accidente es plato de menos gusto que de costumbre puesto que su valoración se hace muy difícil y, en cualquier caso, el baremo 2016 de accidentes de tráfico la deja por los suelos.
Este documento ha recibido ciertas modificaciones que versan sobre la forma de tramitar las indemnizaciones y los criterios por lesión de las víctimas. Entre estos encontramos:
- Cronología: Debe existir un parte de ambulancia o un informe de urgencias anterior a las 72 horas después de que ocurriese el accidente.
- Topografía: Todas las lesiones a reclamar deben aparecer en estos. Este es un asunto realmente peliagudo pues, en muchas ocasiones puedes no presentar dolor en una zona por el propio shock, o bien, el dolor se puede ir extendiendo cuando te das un golpe en una zona sensible como son, por ejemplo, la rodilla o, por supuesto, las cervicales y el cuello. Así, si no indicas un dolor en una zona y este se da justo al salir por la puerta de urgencias, este no es indemnizable.
Por supuesto, las lesiones que se reclamen y citen en los documentos médicos de los que hablamos deben corresponderse con las zonas afectadas en el accidente y cuya ocurrencia sea factible.
- Intensidad: Los daños sufridos deben estar en concordancia con los daños que presente el vehículo; esto es, un golpe suave imposibiliza el probar una rotura de peroné, por ejemplo.
En este caso, y por ser un aspecto complicado, se vuelve esencial el informe de biomecánica, que es el que va a probar la relación entre lesión y daños de los vehículos implicados. Es un recurso que hace que se ganen juicios que de otra manera sería imposible ganar. Mira este vídeo donde lo explicamos de manera muy sencilla
Su interpretación
La interpretación para tramitar una reclamación por cervialgia del artículo que habla sobre los esguinces cervicales es la siguiente:
El diagnóstico será fruto de una primera exploración al paciente. Esta la debe hacer un profesional, público o privado, en servicio de urgencias o en consulta habitual. Las pruebas físicas del tipo resonancia o radiografía no serán válidas como método de diagnóstico.
La curación del esguince cervical se considerará como días de incapacidad temporal, siendo posible la existencia de secuelas. Sin embargo, tanto estos días como las secuelas deben quedar recogidos claramente en informes médicos, incluyendo todas y cada una de las fechas en las que se dan actuaciones diversas (citas de revisión, realización de sesiones de rehabilitación, etc).
No deben existir antecedentes de la dolencia. Este es un grave caso puesto que son muchísimas las ocasiones en las que, por ejemplo, una tortículis a medio curar puede convertirse en algo realmente grave tras un golpe fuerte y esto no será indemnizado.
¿Has tenido un accidente con lesiones cervicales? ¿Cuál ha sido la resolución?
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