Peritos de accidentes

Financiamos tu informe de reconstrucción

cabecera-derecha
  • Inicio
  • Informes PDA
  • Sobre Nosotros
  • Casos de éxito
  • ¿Estás accidentado?
  • Blog
  • Contacto

Si no llevaba casco conduciendo una motocicleta, ¿puedo iniciar igualmente una demanda?

11 noviembre, 2015 Escrita por Peritos de Accidentes Deja un comentario

Tiempo de Lectura: 2 minutos

casco

En principio, diremos que hay muchos factores que intervienen, pero en general, sí, se puede iniciar una demanda por lesiones de accidentes de motocicletas, aun si no llevaba casco de protección. En algunos casos, puede que sea difícil obtener una compensación notable, porque la ausencia de casco podría reducir la cantidad de dinero que se recibe.

Entre otros factores, se tienen en cuenta el tipo de lesiones y la legislación vigente respecto del uso de casco en motociclistas.

  1. Lesiones

El uso o no uso del casco es muchas veces irrelevante dependiendo si las lesiones sufridas no son del tipo de lesiones que los cascos pueden minimizar. Un casco no protege por ejemplo de lesiones en la espalda, en rodillas o en los pies, por lo cual en estos casos no importa si se usaba o no casco.

Claro que esto cambia si se trata de lesiones cerebrales. Los cascos ayudan a minimizar de forma considerable este tipo de lesiones aunque no previenen por completo de sufrir daños.

En este caso, el acusado tiene que demostrar que las lesiones cerebrales del motociclista podrían haberse evitado o reducido con el uso de un casco. Esto lo haría con el objetivo de reducir su compensación.

  1. Legislación vigente

El artículo 118  del Real Decreto 1428/2003 del Reglamento General de Circulación para la Ley sobre tráfico, establece en su punto nº 1 que “los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo quad, deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como vías interurbanas.

Cuando las motocicletas, los vehículos de tres ruedas o los cuadriciclos y los ciclomotores cuenten con estructuras de autoprotección y estén dotados de cinturones de seguridad y así conste en la correspondiente tarjeta de inspección técnica o en el certificado de características de ciclomotor, sus conductores y viajeros quedarán exentos de utilizar el casco de protección, viniendo obligados a usar el referido cinturón de seguridad cuando circulen tanto en vías urbanas como interurbana…”

Publicaciones Relacionadas:

  • Indemnización por retirada del permiso de conducir y embriaguezIndemnización por retirada del permiso de conducir y…
  • Teoría de los actos propios. Necesidad de concurrencia de voluntadesTeoría de los actos propios. Necesidad de…
  • Factor de corrección y lucro cesanteFactor de corrección y lucro cesante
  • Claúsula denominada de reparación. Decisión PrejudicialClaúsula denominada de reparación. Decisión Prejudicial

Archivada en: Articulos Tecnicos Etiquetada con: accidentes de tránsito, casco, casco de protección, motocicletas, peritos de accidentes

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Consulta tu caso a un ingeniero especialista

Informes PDA

quienes-somos-sidebarEstos son los servicios que te podemos ofrecer ¿Quieres saber más? Seguir leyendo.

Sobre Nosotros

quienes-somos-sidebarSomos un grupo de ingenierosespecialistas en reconstrucción de accidentes de tráfico. Todo ello con un equipo humano que funciona coordinado como una familia. ¿Quieres saber más sobre PDA? Seguir leyendo.

Categorías

  • Articulos Tecnicos
  • Casos de éxito
  • Informes
  • Informes Periciales
  • Jurisprudencia
  • Ley de Tráfico
  • Noticias DGT
  • Noticias Jurídicas
  • Videos

Copyright © 2018 Peritos de accidentes · Política de privacidad · Política de cookies · *Condiciones de contratación

Este sitio utiliza cookies Más información