¿Te has comprado un patinete y te están surgiendo dudas sobre cómo o por dónde puedes circular? Te contamos hoy qué contempla la normativa de circulación respecto a patinetes y patinadores.
¿Qué nos dice la normativa de circulación con patinetes?
Lo primero que tenemos que comentar es que no existe una normativa de circulación con patinetes propiamente dicha, sino que se aplica el Reglamento General de circulación.
El patinador
Según este, el patinador se considera un peatón que va arrastrando o empuja un vehículo pequeño que se mueve con esfuerzo humano aunque en ocasiones se ayude de un motor.
Siendo así, el patinador debe cumplir la normativa tal y como si caminase sin patinete, es decir, como peatón.
Esto significa que el patinador circulará por la acerca a una velocidad compatible con la del resto de viandantes, que cruzará por los pasos de peatones, etc.
Aún así, el artículo 121.2 dice que el peatón (patinador) podrá circular por arcén -o calzada si no lo hay- en dos casos, siendo uno de ellos que arrastre un vehículo que no sea de motor pudiendo ser un estorbo para el resto de peatones.
El patinete
El patinete no se considera un vehículo a motor aunque sí incluya un motor para ayudar al patinador. Esto es así porque no cumple las condiciones necesarias para homologarse ni para cumplimentar las tarjetas de inspección ni para ser matriculado, según el anexo II del Real Decreto 2822/98 de la normativa.
Para ser considerados como tales deben cumplir con la Directiva 92/61 CEE, homologándolos y matriculándolos.
Sabido esto, reiteramos que los patinetes no son vehículos estrictos y se utilizarán fuera de la vía pública, con un fin recreativo.
Circular con patinetes en ciudad
En el artículo 121.4 se indica claramente que monopatines, patines y similares sólo circularán por la calzada cuando esta esté especialmente destinada a ello, circulando, de manera convencional, por la acera y una velocidad propia de viandantes, aunque el patinete tenga una mayor capacidad.
Nueva legislación
Como se puede comprobar, la propia ley es ambigua y su cumplimiento tiene mucho que ver con quién tenga que considerar cada situación. Por ello, y también por el aumento en el número de patinetes que se ven circulando indebidamente -o no- por la calzada, se están empezando a crear normas relacionadas con este vehículo de no motor.
Cada gobierno municipal tiene la libertad, teniendo en cuenta el Reglamento General de Circulación, de determinar cómo debe ser la circulación con patinete.
Ya son muchas las ciudades que han comenzado, como decimos, a hacer borradores de nueva normativa, con la finalidad de que tanto conductores como peatones sepan cómo se debe circular con patinete, evitando incumplir la ley y, por supuesto, manteniendo la seguridad.
Conocer cómo funciona la circulación con patinetes nos ayudará a todos a saber cómo considerar a los patinadores, tratarlos como peatones y, por supuesto, para revisar también que, en caso de accidente, estos circulaban adecuadamente como viandantes, de cara a conocer quién tiene la culpa en un accidente con peatones.
¿Tienes patinete? ¿Cómo circulas con él? ¿Existe en tu ciudad una normativa de circulación con patinetes específica?
Buenos días, quisiera hacerles una consulta, soy de Cáceres y el Ayuntamiento ha decidido que los patines podrán circular de forma indistinta por carriles o calzada, sin embargo no podrán hacerlo por la cera. Es decir que tienen una tratamiento similar al de una bicicleta.
Entiendo que hay una ambigüedad en la ley y que la corporación local tiene cierta discrecionalidad, pero también a mi modo de ver en este caso estamos yendo en contra de la propia norma de una forma clara. Estamos impidiendo al patín circular precisamente por el único lugar por el que en teoría debería poder circular.
Me gustaría por favor conocer su opinión y saber si está ordenanza puede ser o no válida. Estamos hablando que ya hay antecedentes de otras relacionadas con las bicicletas que han sido anuladas por sentencias judiciales. Ya que no pueden ir en contra de una ley superior cómo es el reglamento de circulación.