De entre las muchas incidencias que podemos tener en la carretera las multas y sanciones por exceso de velocidad son de las más frecuentes y las que más confusión generan.
Exceso de velocidad: la situación actual
Las cartas en las que se nos notifica que contamos con una multa por exceso de velocidad nos llegan a casa y nos sorprenden al ver cómo hemos sido sancionados por algo que ni sabíamos que hemos hecho.
El control de la velocidad es una de las maneras de saber que nos encontramos ante un buen conductor y la verdad es que la mayoría superamos los límites de velocidad establecidos y ni nos damos cuenta.
Esto se debe, en parte, a la costumbre de conducir. También por la sensación que se crea cuando vamos al volante y que nos hace creer que vamos mucho más despacio de lo que en realidad vamos.
Otras veces simplemente sabemos que estamos sobrepasando la velocidad permitida pero consideramos que estamos conduciendo de manera segura. Sea como sea, cuando nos dan el alto o nos llega el papel a casa, la cosa cambia.
Ante este panorama, las multas y sanciones por exceso de velocidad se han ido endureciendo para intentar contrarrestar la actitud delictiva que los conductores, con mejor o peor fe, llevan a cabo cada día en este aspecto.
Los excesos de velocidad se pagan caros: multas y sanciones
En cualquier caso, no está demás recordar las multas y sanciones por exceso de velocidad vigentes impuestas por la Dirección General de Tráfico en 2010. Te las dejamos en el siguiente cuadro:
En este se aprecia claramente cuál es la multa económica que corresponde según la velocidad límite de la zona así como la velocidad a la que circulamos.
Pero también aparece, a la izquierda, la consideración de la falta, que puede ser grave o muy grave. Esto, en principio, no supone un problema, pero puede volverse en tu contra si se comenten otros delitos.
Además, a la derecha podemos ver que, además de tener que pagar una cantidad de dinero, también perderemos puntos del carnet. ¡Mucho ojo con esto!
Echemos cuentas
Como hecha la ley, hecha la trampa, no queremos dejar de enseñarte un truquito. Este te podría ser de ayuda a la hora de recurrir alguna multa. ¡Presta atención!
Cuando te sancionan por exceso de velocidad puede ser que un agente haya sido testigo, en directo, del acto. Pero lo normal es que sea un radar quien “te pille”. En este caso se debe tener en cuenta el margen de error que éste ofrece y que a veces “se olvida” a la hora de colocar la multa.
Los radares fijos tienen un 4% de margen de error para velocidades mayores de 100 km/h. Para menos, es de 4 km/h. Los radares móviles aumentan la cifra hasta un 7% y 7 km/h respectivamente.
Así, cuando cometas la infracción no olvides que hay que restar el margen de error ANTES de acudir al cuadro de sanciones. Una vez obtenida la cifra final es cuando nos dirigiremos a este. Es entonces cuando sabremos cuál es la sanción correspondiente a esta última cifra y es que, debido a lo comentado, algunas veces las multas vienen “equivocadas”, sancionando con la velocidad inicial, sin contar con este margen de error. Puede que en alguna ocasión te corresponda pagar menos o no perder puntos así que no lo olvides.
¿Te ha pasado esto alguna vez?, ¿has recurrido la multa?
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