Hace dos semanas celebramos un juicio en Lugo, donde se discutía los porcentajes de culpa en un accidente de atropello.
Inicialmente, la aseguradora decía que el accidente era CULPA EXCLUSIVA de la víctima atropellada, y, para llegar a un acuerdo en la puerta del juicio, le ofrecieron al abogado de la atropellada un 10% de la indemnización que le pudiera corresponder al entender que el 90% de la culpa del accidente correspondía a ella por cruzar por lugar indebido.
En todo caso pedían que la peatón pagara el 90% de los gastos de reparación del vehículo. Y la atropellada se preguntaba ¿Como es posible que me toque pagar los 2.832 euros de la reparación… encima que me atropellaron?
El abogado contrario (del vehículo) argumentaba que la peatón estaba cruzando por una zona donde no había visibilidad e inhabilitada para el tránsito de peatones, por tanto (en sus palabra) “el vehículo conducido por su representada, carecía de la más mínima responsabilidad del accidente”, y tampoco tenía de responsabilidad en la causa acción de los daños en el vehículo ya que era la conducta negligente de la peatón, la única causante del accidente.
Y que por este motivo procedía a reclamar a la peatón el 100% los daños causados en el vehículo.
Por otro lado el abogado que representaba a la peatón atropellada, argumentaba que si bien su cliente cruzó por un lugar inhabilitado para el tránsito de peatones, lo cierto es que el vehículo es el que generaba el riesgo por ser el que se desplazaba a velocidad, y por tanto el vehículo (en palabras del abogado) tenía la obligación de detenerse si apreciaba la existencia de un peatón transitando la zona.
Una vez empezó el juicio, los abogados se centraron en la posibilidad de que la conductora debía haber observado a la peatón y si hubiese tenido tiempo para efectuar una maniobra de evasión.
En este juicio defendimos que la conductora tuvo tiempo más que suficiente para (de haber prestado atención a las circunstancias del tráfico) haber realizado una maniobra de evasión que hubiera impedido el atropello de la peatón.
Acudimos al juicio con una RECONSTRUCCIÓN VISUAL del accidente, con un análisis fotograma a fotograma de la visibilidad del conductor cuando estaba a 80 m 60 m 40 m 20 m 15 m 10 m y 5 m antes del atropello. Aportamos también al juicio una prueba de Video 3D con la reconstrucción virtual grabado desde el punto de vista de la conductora y de la peatón.
La jueza sonrío cuando vio el video reproducido a cámara lenta. (Estas pruebas visuales gustan mucho porque permite ver con claridad como sucedió la dinámica del accidente con una exactitud pasmosa)
La jueza tras valorar los elementos probatorios y la RECONSTRUCCIÓN VISUAL, determinó finalmente que el 90% de la culpa era del vehículo, y el 10% de la peatón.
De haber prestado atención a la conducción, la conductora se hubiese percatado de la presencia de la peatón.
MANIOBRA DE EVASIÓN A 15 METROS DEL ATROPELLO: Este es el último punto donde los peritos de PDA entendieron que aún se podía realizar la maniobra de evasión.
La jueza en su sentencia dijo:
” La demandante (conductora del vehículo) pretendía probar la Culpa Exclusiva de la víctima, y no ha logrado tal demostración porque la viandante ya había cruzado más de 5 m de calzada antes de ser atropellada, aunque no lo hiciese por paso de peatones.
Respecto a la relación probatoria, la conductora debió apreciar a la peatón qué cruzaba la vía, ya que no hay motivos para inferir que la viandante no podía ser vista, carga de la prueba que correspondía a la atropellada, la cual acreditó este extremo con la pericial que incluye una reconstrucción visual del accidente donde se aprecia el desarrollo del mismo desde el punto de vista de la conductora.
Y si la conductora hubiera sido todo lo diligente que la conducción exige, al ver cruzar a la peatón podría haber evitado el atropello, deteniéndose, frenando o haciendo una maniobra de evasión, en consonancia con su declaración que sostenía que el vehículo circulaba lentamente.
No se trata de una salida súbita e inopinada de la viandante , sino que está ya había cruzado un buen trecho -5 metros – antes de ser golpeada por el vehículo, distancia más que suficiente para ser contemplada y adoptar medidas destinadas a evitar el atropello, que como se ve no se llevaron acabo, por lo que la compensación culposa del 90% culpa del vehículo y 10 % culpa de la viandante es ajustada a la responsabilidad respectiva, siendo congruente por ser superior la culpa de la conductora generadora del riesgo.”
La conclusión es clara, cuando tengas un accidente de tráfico en el que se discuta la culpa y quieras acreditar la posibilidad de hacer una maniobra de evasión, es fundamental que comparezcas al acto del juicio con tu informe visual de reconstrucción.
Tras el juicio la cliente mostró su agradecimiento, porque la situación pasó de un extremo a otro. Antes le reclamaban más de 2.800 euros en concepto de reparación del vehículo, en cambio ahora la jueza falló a su favor con lo cual va a percibir más de 22.000 euros por las lesiones causadas.
Nos alegramos de haber ayudado a resolver este caso de manera satisfactoria.
¿Te ha parecido interesante este caso real?
Déjanos tus comentarios.
Me ha parecido bastante interesante este asunto. He tropezado con algunos casos donde los jueces, a veces, culpan al peatón totalmente. Con las imágenes parece que se ve distinto. Puede ser de mucha ayuda.
Si ,es una herramienta de mucha ayuda para las reclamaciones de los abogados y sus clientes.
Por otra parte muy aclarativa para el juez.
Saludos
Alejandro Santana
Muy interesante el punto de vista del conductor, podrian hacerlo tambien del peaton si hubiera un coche aparcado?
Estimado Alfredo.
Te confirmo de que es posible hacerlo desde el punto de vista de un peaton y con vehiculos estacionados.
un saludo
Alejandro Santana
La perspectiva del caso con la reconstrucción visual cambia 100%. Mi más sincera enhorabuena por el trabajo realizado.
Estimado Francisco Dominguez.
Te agradezco tu enhorabuena por el trabajo realizado.
Un Saludo
Alejandro Santana