Nos llama un abogado de Galicia y nos comenta su preocupación porque tenía pensado presentar un informe pericial de biomecánica para combatir presentado de contrario en la contestación a la demanda y tras a consultar al secretario judicial, este le comenta que no es posible aportar un documento nuevo porque podía haberse aportado antes, en la reclamación previa.
Añadiendo que “es criterio de este juzgado denegar la aportación de documentos nuevos que no se aportaron en la fase previa”, a sabiendas de que el motivo de la negativa al pago es la relación de causalidad, pudiendo haber hecho pruebas activas del mismo y no esperando la contestación a la demanda para la aportación del informe.
Vamos, en definitiva, el juez niega al abogado demandante una prueba, porque entiende que el momento procesal oportuno para aportar la misma es el momento de la reclamación previa.
Entendemos que es bastante injusta esta interpretación de la ley y a la vez nos damos cuenta de que tras la entrada del nuevo baremo, no hay marcha atrás. La única forma defender los intereses de tu cliente y garantizar el éxito de tus casos es acreditando la relación de causalidad entre el accidente y las lesiones y, por mucho que nos duela, no hay marcha atrás, es inevitable que tengas que acudir a un perito para acreditar tal extremo, al menos si quieres ir con mínimas garantías de éxito.
Cuando entró en vigor el nuevo baremo entendimos que había tres momentos en los que se podría aportar informe pericial:
Porque era el momento ideal para discutir la causación del accidente, a sabiendas de que es difícil convencer a un cliente para solicitar un informe pericial cuando piensas que puedes arreglar el asunto de forma amistosa.
2- Con la Presentación de la DEMANDA:
Esto es debido a que, si bien no lo presentaste con la reclamación previa, como el informe tiene fecha posterior a la reclamación previa, puedes argumentar al contrario que has tenido que elaborar un informe pericial al respecto a raíz de la negativa al pago. Por tanto, este también es un momento oportuno para aportar tu pericial biomecánica.
3- Con las alegaciones a la CONTESTACIÓN a la demanda
En este momento, de interpretarlo bien el juez, podrías alegar que ya que es un foco de discusión el nexo causal y debido a la intensidad del accidente, aportarás un informe pericial que elaborarás al respecto en el plazo de cinco días antes de la fecha de la vista/juicio.
Pues bien en este último caso, nos hemos encontrado con un juez que en el acto del juicio deniega la pericial porque dice que sabiendo el abogado que era un motivo de discusión el nexo causal, debía ser aportado el informe pericial en el momento de la reclamación previa o con la demanda, no pudiendo aportarse la pericial en este momento procesal por ser extemporánea y no permitirlo la ley.
En Peritos de Accidentes hacemos tu informe de biomecánica y muchas veces lo financiamos, con lo que podrías disponer de éste para negociar y de esta forma contar de antemano con una herramienta vital que te permitirá ganar tus casos.
¿Te has encontrado alguna vez con una situación similar?
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