Se acaba de publicar la ACTUALIZACIÓN DE LAS CUANTÍAS del nuevo Baremo de accidentes de tráfico para 2019.
Destacar que:
1º.- Este nuevo Baremo es de aplicación desde el 1 de Enero de 2019
2º Que supone un incremento en “general” del 1,6%
3º Respecto al nuevoSMI (salario mínimo interprofesional) fijado en 900€, suponiendo una subida del 22,3%, tiene repercusión en dos sentidos:
3.1º Se aplicará directamente esta subida del 22,3% en la LRCSCVM a:
- CASOS DE MUERTE: en los supuestos de los artículos 83.2 y 84.1 y 2 de la LRCSCVM,
- CASOS DE SECUELAS: en los supuestos de los artículos 128.3 y 131.
- LUCRO CESANTE de las personas con dedicación a las tareas del hogar en caso de lesiones temporales, en los supuestos del artículo 143.4
3.1 El SMI opera de forma indirecta al estar subsumido en el cálculo requerido por el artículo 125.3, por lo que la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración recomienda aplicar el SMI vigente 2019 (22,3%) a las tablas 2.C.3, 2.C.7 y 2.C.8 para el cálculo de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 125.3 y130 c) y d) de la LRCSCVM
Aquí tienes las nuevas tablas 2019:
Si quieres más información visita aqui para ver la publicación del BOE
He tenido la desgracia de perder a un hijo en accidente de trafico con una moto donde hay otro vehiculo implicado. la pregunta es si aparte de una indemnización básica al progenito y por perjuicio patrimonial tengo derecho a alguna indemnización excepcional por se pensionista con 51 años por discapacidad permanente absoluta? Gracias!!