En Sentencia de la Sección n 4 de la Audiencia Provincial de A Coruña de veintidós de octubre de dos mil quince se disminuye el quantum indemnizatorio establecido en primera instancia por considerar no evidenciado completamente el STC al no referiri ningún daño el accidentado en la atención médica del servicio de urgencia, de conformidad a los siguientes extremos:”Explica el informe que el STC es una neuropatía por atrapamiento del nervio mediano a su paso bajo el ligamento anular del carpo: el nervio, a su paso por un canal estrecho e inexpandible, sufre una compresión que ocasiona isquemia en el nervio, que se manifiesta con dolor intenso, pérdida de habilidad en la mano afectada (caída de objetos) y parestesias. Cualquier circunstancia que pueda producir un aumento de volumen de las estructuras, óseas o ligamentosas, que conforman el túnel puede desencadenar el STC (traumatismos o fracturas de la muñeca, tenosinovitis inflamatorias o infecciosas de los flexores, tumoraciones e incluso cambios ligados al embarazo)..
ENCABEZAMIENTO:
ANTECEDENTES DE HECHO:
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
FALLO:
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